¿Se tendrán que declarar las ganancias netas o brutas? Es decir, ¿se tendrá que declarar todo lo que se ha ganado en un periodo de tiempo o solamente la diferencia entre las ganancias y las pérdidas?
Una interpretación estricta de la normativa tributaria implica que, [b]en caso de que los jugadores tengan pérdidas, éstas no son objeto de deducción[/b]. Este hecho está suscitando un gran conflicto entre las asociaciones de jugadores y casas de apuestas contra la DGOJ y AEAT.
Dichas asociaciones y operadores están presionando para que se modifique este extremo de la ley ya que consideran que, si no se puede compensar ganancias con pérdidas es prácticamente imposible tener un saldo positivo al final del ejercicio.
Desde la DGOJ ya se han pronunciado a nivel particular trasladando que [b]están estudiando, junto con AEAT, la manera de que los jugadores puedan descontar las pérdidas de los ingresos anuales y, por tanto, declarar solo las ganancias reales que obtienen por el juego[/b]. Al fin y al cabo, una de las ventajas del juego online es que queda constancia de todas las transacciones realizadas y es sencillo realizar un balance de las mismas.
Este tema en realidad está resuelto con una modificación de un artículo de la Ley 35/2006 reguladora del IRPF efectuada en el mes de septiembre pasado en virtud de la cual únicamente se ha de declarar sobre el saldo neto resultante una vez descontadas las pérdidas, siempre sin poder imputar un resultado negativo en ningún caso, y todo ello con carácter retroactivo a 01/01/2012.
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«Es decir, si alguien ingresa 50 euros, y gana y retira 100, tributará por 50 euros…»
«Así es.»
http://www.republica.com/2012/10/10/se-tributara-desde-el-primer-euro-y-solo-en-caso-de-beneficios_560579/
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